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XALAPA,VER.- En el marco del Día Estatal de la Citricultura, la diputada del Distrito VII de Martínez de la Torre, Adriana Esther Martínez Sánchez, se pronunció ante Pleno de la LXVI Legislatura en relación con reconocer y reflexionar sobre las aportaciones que hombres y mujeres realizan diariamente en esta actividad que se desarrolla en diversas regiones de la entidad.

Al respecto, la legisladora subrayó que la labor que desempeñan las y los citricultores de Veracruz es de suma importancia, toda vez que han logrado posicionar al estado en los primeros lugares a nivel nacional e internacional en la producción de cítricos.

Indicó que actualmente la naranja es considerada como el cítrico más producido y de mayor consumo entre las familias mexicanas. "Se tienen registros de que la mandarina, lima, limón persa y toronja, complementan la amplia gama de cítricos y mantienen a nuestro país, con elevados niveles de producción y como auténtico competidor en el mundo", puntualizó.

Tras mencionar las propiedades nutrimentales que tienen los cítricos en beneficio de la salud, la Diputada informó que en materia económica, de acuerdo con datos del Sistema de Información Económica del Banco de México, a febrero de este año la citricultura obtuvo 82 mil 774 dólares por concepto de exportaciones. Asimismo, agregó, en el 2022, alcanzó la cantidad de 320 millones de dólares, en cuanto a producción de jugo de naranja.

Por consiguiente, la legisladora manifestó que dicha actividad tiene crecimiento económico estatal y nacional, "de ahí la importancia de hacer un sincero y merecido reconocimiento a quienes participan en la citricultura, ya sea en la producción, distribución y comercialización. Son personas que, con amor y esmero, se dedican a deleitarnos con frutos deliciosos y de calidad", refirió.

Finalmente, detalló que desde el Congreso local continuará refrendando el compromiso con el campo veracruzano, impulsando una agenda que coadyuve al desarrollo y fortalecimiento de la citricultura como una acción aliada del progreso social.

XALAPA,VER.- En acatamiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que resolvió que es procedente y fundada la acción de inconstitucionalidad y declaró la invalidez del Decreto número 557, integrantes de la LXVI Legislatura presentaron una iniciativa de Decreto que reforma la Ley para la Integración de las Personas con Discapacidad del estado.

Durante la Quinta Sesión Ordinaria del Segundo Período Ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, en nombre de su homóloga Ana Miriam Ferráez Centeno y del legislador Gonzalo Durán Chincoya, con quienes comparte la coautoría de la propuesta, la diputada Anilú Ingram Vallines hizo uso de la tribuna para exponer las motivaciones del proyecto legislativo.

La Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables expuso una síntesis del trabajo realizado desde la reforma a la fracción XI del artículo 2 y el párrafo primero del artículo 4 de dicha ley, el 6 de mayo de 2020, y la acción de inconstitucionalidad 204/2020 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), con respecto al derecho a la consulta estrecha y participación activa de las personas con discapacidad.

Por designación de la Diputación Permanente, la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables emitió el Protocolo del proceso de consulta dirigido a las personas con discapacidad en el estado de Veracruz (particularmente a las de talla baja o gente pequeña), incluidas las niñas y los niños con discapacidad, sus familias, personas que las cuidan o apoyan, así como organizaciones e instituciones de y para personas con discapacidad.

En la consulta realizada el 26 de mayo de 2023, las respuestas a las tres preguntas planteadas, por unanimidad, las personas consultadas manifestaron que sí consideran la talla baja como una discapacidad física; contestaron que prefieren ser llamadas "personas de talla baja" o "gente pequeña" y dijeron estar de acuerdo en que sus condiciones de discapacidad no sean motivo de discriminación y que así se considere en la Ley.

Además, prosiguió la Diputada, los asistentes a la consulta enfatizaron que, al margen de cómo se les llame o que su condición se considere una discapacidad física, les preocupa sobremanera que se les cierran los espacios laborales, que su educación es deficiente, que los servicios médico-clínicos que se les proporcionan también lo son y que su accesibilidad a los inmuebles y al transporte públicos no es la adecuada.

Por lo tanto, las y el proponentes "creemos necesario reformar, además de las porciones normativas invalidadas por la Suprema Corte, la fracción III del artículo 4 de la Ley de que se trata, para que todos los derechos de las personas con discapacidad se protejan y promuevan, pero especialmente sus derechos a la salud, la educación, el empleo y la accesibilidad a los espacios y el transporte públicos".

Con la adhesión de las diputadas Citlali Medellín Careaga, Tania María Cruz Mejía, Ruth Callejas Roldán y Maribel Ramírez Topete, así como los grupos legislativos de los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), la Iniciativa de Decreto que reforma los artículos 2, fracción XI, y 4, párrafo primero y fracción III, de la Ley para la Integración de las Personas con Discapacidad del estado fue turnada a la Comisión Permanente de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables.

XALAPA, VER. - Atender al interés superior de la niñez y adolescencia y considerar la opinión de las niñas, niños y adolescentes en cualquier decisión que les afecte son algunos de los ejes principales de la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil del estado, presentada por la diputada Ana Miriam Ferráez Centeno en la Quinta Sesión Ordinaria del Segundo Período Ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional.

Esta iniciativa, en lo referente al artículo 14, propone la adición de la mención del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con la finalidad de que las controversias judiciales de orden civil y familiar se resuelvan bajo la protección más amplia.

Asimismo, en el artículo 139, se busca la no configuración del concubinato de dos personas antes de cumplir dieciocho años, es decir, que las niñas, niños y adolescentes no sean sometidos a este tipo de figuras jurídicas de carácter civil.

En lo relacionado al artículo 254 Ter, la iniciativa plantea que por violencia familiar se entienda no solo aquel acto u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional, económica o sexualmente, sino que también se contemple como violencia familiar aquellos tipos de violencia previstos en las hipótesis contenidas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, ambas del estado de Veracruz de Ignacio de da Llave, realizados dentro o fuera del domicilio familiar.

Por lo que toca al artículo 345, plantea que, en lo relativo al depósito de menores, a la guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes o al dictar medidas cautelares, el juez resolverá lo conducente considerando principalmente el bien superior de la niñez y adolescencia.

La actualización al artículo 346 propone que quien ejerza la custodia debe procurar respeto y acercamiento constante de niñas, niños y adolescentes con el otro ascendiente que también ejerza la patria potestad, con la salvedad de que existan elementos suficientes y comprobables donde se ponga en riesgo a los menores.

En lo concerniente al artículo 373, plantea la corrección de una remisión en el articulado referente a la fracción segunda, así como que en todos los casos en que el órgano jurisdiccional decida sobre la pérdida de la patria potestad deberá considerar el interés superior de la niñez y adolescencia.

Además, en relación con el artículo 373 Bis, propone limitar la patria potestad cuando existan conductas de violencia familiar, mismas que se encuentran previstas en los artículos 254 Ter y 254 Quater, así como cuando y conforme al interés superior de la niñez y adolescencia, la limitación genere mayores beneficios y una amplitud en el ejercicio y disfrute de derechos a los menores.

Con la adición de dos fracciones al artículo 376, se busca el cumplimiento de las convivencias decretadas por las autoridades competentes en la materia, así como las pactadas en los convenios que se encuentren aprobados judicialmente.

De aprobarse esta iniciativa, finalizó la legisladora, "observaremos el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, con la finalidad de poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños. La Agenda 2030 situó a la dignidad de la infancia y su derecho a vivir sin temor ni violencia como una prioridad en la agenda internacional de desarrollo".

La Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Civil del estado, a la que se adhirieron el Grupo Legislativo de Morena, la diputada Tania María Cruz Mejía y el diputado José Luis Tehuintle Xocua, fue turnada a las comisiones permanentes unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Derechos de la Niñez y la Familia.

 

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