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Conoce los días de descanso y “puentes” que habrá en este 2021

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Xalapa, Ver.- Año nuevo, vida nueva, reza el refrán, lo cierto es que este año viene con varios días feriados, los cuales te queremos dar a conocer, pues aunque la pandemia por coronavirus obliga a muchos a recluirse en casa, lo cierto es que por ley se tienen que dar.
A nivel laboral se tienen las siguientes fechas:
Enero: Viernes 1 de enero. Día de descanso oficial por la celebración de un Año Nuevo.
Febrero: Lunes 1 de febrero, día que se recorrerá por la conmemoración de la Constitución Mexicana, la cual se lleva a cabo el día 5 de febrero.
Marzo: Lunes 15 de marzo, también se desplaza por el Natalicio de Benito Juárez, que es el 21 de marzo e inicio de la primavera.
Abril: Jueves 1 y viernes 2 de abril. Son establecidos en algunas empresas como días de asueto por ser días santos, ya que en la religión católica son dos días utilizados para realizar celebraciones o actividades denominadas de Semana Santa.
Mayo: Sábado 1 de mayo. Considerado como el Día del trabajo y de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo sí es un día oficial no laboral.
Junio, julio y agosto: No hay ninguna suspensión de labores ni obligatorias en el próximo año.

Septiembre: Jueves 16 de septiembre. Día de la Independencia de México.
Octubre: No hay ningún día establecido como feriado o de asueto.
Noviembre: Martes 2 de noviembre. Día de Muertos, no es día oficial; sin embargo, algunas empresas sí lo otorgan, debido a la tradición de los mexicanos de recordar a los seres queridos.
Lunes 15 de noviembre. Sí es considerado oficial, por la conmemoración de la Revolución Mexicana, que es el día sábado 20 de noviembre.
Diciembre: Viernes 24 de diciembre. Será Nochebuena y no es oficial, pero algunas empresas lo consideran como descanso para sus empleados.
Sábado 25 de diciembre. Festejo de Navidad.
En caso de que el patrón pida laborar durante las fechas marcadas como obligatorias, los trabajadores podrán prestar sus servicios, pero tendrán derecho a un pago, independiente de su salario, es decir, se les deberá cubrir el salario normal más el doble, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
Además, si el descanso obligatorio llegara a coincidir con el descanso semanal (domingo), se deberá cubrir también el pago de la prima dominical.
PUENTES Y LOS DÍAS FESTIVOS PARA ESTUDIANTES SERÁN:
Del 1 al 6 de enero. Siguen de vacaciones por Navidad y año nuevo.
Jueves 7 y viernes 8 de enero. Se prevé la primera Junta de Consejo Técnico Escolar del año.
Lunes 1 de febrero. Día festivo por el 5 de febrero por el Día de la Constitución mexicana.
Viernes 19 de febrero. Segunda Junta de Consejo Técnico Escolar.
Viernes 12 de marzo. Descarga administrativa escolar.
Lunes 15 de marzo. Día festivo por el 21 de marzo, por el natalicio de Benito Juárez.
Vacaciones de Semana Santa serán del 29 de marzo al 9 de abril.
Lunes 12 de abril. Tercera Junta de Consejo Técnico Escolar.
Miércoles 5 de mayo. Día festivo por la Batalla de Puebla.
Viernes 21 de mayo. Cuarta Junta de Consejo Técnico Escolar.
Viernes 25 de junio. Quinta Junta de Consejo Técnico Escolar.
Lunes 28 de junio. Descarga administrativa escolar.
Viernes 8 de Julio inicia el periodo vacacional y regresan el 2 de Agosto.
Jueves 16 de septiembre | Día festivo por el Día de la Independencia.
Martes 2 de noviembre | Día festivo por el Día de Muertos.
Lunes 15 de noviembre | Día Festivo por el 20 de noviembre (Revolución Mexicana).
Diciembre 17, vacaciones por Navidad y Año Nuevo

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