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No permitiré aumento al transporte público: Yunes

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Xalapa, Ver.-Ante la aprobación de las Reformas a la Ley de Tránsito y Transporte y del Código de Derechos, el Gobernador Miguel Ángel Yunes Linares aseguró que no se permitirá el incremento a las tarifas del Transporte Público.

En su iniciativa de reforma, el Gobernador Yunes había propuesto que en la propia Ley se estableciera el descuento a estudiantes, personas de la tercera edad y con capacidades diferentes, sin embargo el Congreso del Estado no lo autorizó.

No obstante, Yunes Linares se reunió con el Sector del Transporte Público para exigir que no se incrementen los precios del pasaje y se respeten los descuentos especiales. En este sentido, los transportistas se comprometieron a mantener las tarifas así como los apoyos a adultos mayores, personas con capacidades diferentes y estudiantes.

El Programa de Reordenamiento y Regularización del Transporte Público establece que:

-  Se deben mejorar las condiciones de las unidades que prestan el servicio.

- Los concesionarios deberán fortalecer la capacitación a sus operadores para lograr una mejor conducción y un trato correcto al usuario.

- Se actualizarán las rutas del transporte que han sido rebasadas por el crecimiento urbano, con ello se mejorará la circulación en las ciudades.

- Se elaborará un Registro Estatal de Conductores con la finalidad de contar con información oportuna y verídica de las personas que ofrecen este servicio, lo cual dará mayor seguridad a los ciudadanos.

- Los concesionarios deberán presentar certificado médico y antidoping para acreditar que su conductor u operador no es adicto a estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares.

- Las personas físicas podrán tener a su nombre hasta 5 concesiones de las ya existentes, en las demás hasta 3. 

- Se analizarán y depurarán las concesiones que estén siendo usadas para la comisión de ilícitos.

- Los vehículos destinados a servicio de transporte público en su modalidad de urbano, suburbano y foráneo, deberán contar con un botón de pánico que permita al usuario emitir alerta de agresión.

- El pago del servicio por abastecimiento de combustible de las unidades de transporte público deberá realizarse mediante tarjeta de prepago, vales o convenios. 

Se podrán suspender los derechos de la concesión cuando:

1. Se preste el servicio de transporte público en localidad distinta al de la concesión.

2. El operador carezca o tenga suspendida la licencia correspondiente o conduzca con temeridad. 

3. El conductor se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias tóxicas o psicotrópicas. En este caso, se le retirará de manera permanente la licencia de conducir.

Se revocarán las concesiones cuando:

a) En la prestación del servicio el vehículo sea utilizado en la comisión de delitos contra la salud o delincuencia organizada, una vez acreditada la responsabilidad penal.

b) El vehículo autorizado sea abastecido de combustible fuera de estaciones legalmente establecidas. 

Este programa consta de 3 etapas:

Primera.- La integración de un padrón que permita conocer a detalle el número exacto y características de los prestadores del servicio de transporte público, de sus unidades y conductores.

Segunda.- Revisión eficiente, eficaz y oportuna de las condiciones en que se presta el servicio.

Tercera.- En su caso, otorgamiento de refrendos, valorando la viabilidad de la prestación del servicio, garantizando condiciones de competitividad, legalidad y calidad en el servicio.

 

 

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