Patricia Aguilar Pardo. Veracruz, Ver., 7 de diciembre 2023.- Los patrones tienen hasta el 20 de diciembre para poder pagar los aguinaldos a sus empleados, de lo contrario se pueden hacer acreedores de diversas acciones legales en su contra, mencionó el presidente del Colegio de Abogados Laboralistas del Estado de Veracruz, licenciado Braulio Terán del Valle.
De igual manera, dejó en claro que la ley establece que el trabajador deberá de recibir un aguinaldo correspondiente a 15 días de trabajo, sin embargo, dejó en claro que las incapacidades no pueden ser tomadas como tiempo laboral.
"Se les va a pagar proporcional a los tiempos que efectivamente esto sería nueve meses que trabajó (...) igual si entró a trabajar en una fecha menor a un año de acuerdo al tiempo trabajado. Quienes no reciban su aguinaldo, podrán acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, y ahí se les podrá orientar hacia qué instancia pueden acudir a presentar la demanda respectiva, si es del tipo federal o local.
Ya, por último, externó que luego de la pandemia, no hay causa justificante para dejar de pagar el aguinaldo, salvo que hubiera algún convenio entre patrón y trabajador de por medio.