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Víctima del pulpo camionero sin justicia, ante omisión de la fiscalía en Veracruz

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Xalapa, Ver. Miércoles 8 Feb.2023.- La Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE) y el “Pulpo camionero” del Servicio Urbano de Xalapa (SUX), estarían coludidos en corrupción oficial para proteger y exculpar penalmente a presunto homicida por atropellamiento de una anciana; aunado a que el chófer también es presunto secuestrador con orden de aprehensión vigente sin ejecutar.

Las autoridades hacen lo posible para que el asunto no se judicialice y no se vincule a proceso a José Luis “N” quien al ser protegido por las autoridades de la FGE se impide que las “víctimas indirectas” del homicidio por atropellamiento de una anciana de 81 años tengan acceso y se vean privados del Derecho de “Reparación del Daño” que es el bien jurídico lesionado, violentando flagrantemente una justicia pronta y completa ante una simulada investigación contenida en la Carpeta de Investigación con numeral UIPJ/DXI/FIS23/1488/2019.

T. B. es víctima indirecta del homicidio por atropellamiento de su madre, una mujer de 81 años quien falleció en la clínica 11 del IMSS a consecuencia de dicho percance originado por el autobús del SUX conducido por José Luis “N” quien en primeras declaraciones ministeriales admitió haber atropellado a la anciana cuando ésta cruzaba por paso peatonal marcado oficialmente.

Existen declaraciones de dos testigos presenciales mismas que han sido ignoradas y posteriormente manipuladas flagrantemente, que mencionan que la fallecida salió de la tienda “Fasti” situada en la calle Salvador Díaz Mirón esquina con la calle Rébsamen –contraesquina del parque Miguel Hidalgo “Los Berros- y atravesó por el cruce peatonal marcado hacia la esquina de Salvador Díaz Mirón con Hidalgo donde se localiza un negocio de café conocido como “Express 58”, la fallecida caminó responsablemente por la zona peatonal cuando el SUX estaba detenido por semáforo en luz roja de alto total.

Al ir a la mitad de la calle, mediando una distancia entre la peatón y el autobús de unos cinco metros de distancia, como quedó corroborado y aceptado originalmente por peritos, existió visibilidad absoluta de parte del chófer cuando se dio el atropellamiento. Se estipula por peritaje también que la NO visión completa de parte del chófer era de dos metros y medio; por lo tanto al haberse comprobado que eran cinco metros los que tenía de visión se asegura que tuvo la oportunidad de frenar para evitar atropellar a la mencionada persona de la tercera edad.
La causa por la cual el chófer no evitó el atropellamiento corresponde investigarla a la FGE.
Del atropellamiento tomó conocimiento en primer momento el perito de tránsito, Silverio Muñoz Mendoza quien fue el encargado de poner a disposición de la FGE al chófer José Luis “N” bajo el parte de Tránsito número 0100/2019 del 22 de marzo de 2019.

FISCALÍA EN ACCIÓN.
La licenciada Verónica Zavaleta García, Fiscal 23 de la Unidad Integral de Procuración de Justicia del XI Distrito Judicial Xalapa fue la responsable de abrir la Carpeta de Investigación correspondiente al homicidio por atropellamiento el 22 de marzo de 2019, quien ante la evidencia presentada ordenó el Acuerdo de Retención por 48 horas, -como lo estipula la Ley- del presunto responsable de homicidio José Luis “N”, plazo que vencería el 24 de marzo de 2019.
FISCAL IGNORÓ ORDEN DE APREHENSIÓN POR SECUESTRO CONTRA CHÓFER RETENIDO, VIGENTE Y SIN EJECUTAR
El 23 de marzo -siguiente día del atropellamiento- permaneciendo el presunto retenido a disposición de la FGE, la Unidad de Información dio a conocer a la Fiscal 23 que la persona retenida en separos, José Luis “N” contaba con orden de aprehensión por el delito de secuestro, orden vigente y sin ejecutar.
Ante esta información la Fiscal 23 debió alertar sobre el caso a quien correspondiera para lo conducente, es decir que se le acumulara este otro delito al chófer homicida. Sin embargo a la fecha no existe constancia de que se haya ejecutado la aprehensión, las causas desconocidas aunque presumiblemente por corrupción de servidores públicos de la FGE. La Comisión Estatal de Derechos Humanos levantó acta circunstanciada sobre esta aberrante anomalía de la FGE a final del año 2022.
La Policía Ministerial de la FGE el mismo día 23 de marzo de 2019 también informó a la Fiscal, Verónica Zavaleta García de la existencia y vigente orden de aprehensión por el delito de secuestro contra José Luis “N”. La Fiscal podría haber actualizado el delito de secuestro en otra indagatoria.
En este punto cabe mencionar que al abogado particular de la víctima indirecta T.B., omitió informar a su clienta de tales anomalías oficiales, lo que ha perjudicado a la fecha a los deudos de la anciana fallecida.
FISCAL LIBERA AL HOMICIDA Y SECUESTRADOR
El 23 de marzo –día siguiente del homicidio- en una acción de ineptitud, antiética y con signos de evidente corrupción la Fiscal, Verónica Zavaleta García, a las 22.00 horas solicitó al Director de la Policía Ministerial la liberación de José Luis “N”. Homicida y secuestrador liberado por la Fiscal.
El artículo 348 Quarter del Código Penal establece que comete el delito contra la procuración de justicia el servidor público que indebidamente:
V.-Desvíe u obstaculice la investigación del hecho delictuoso de que se trate o favorezca que el imputado se sustraiga a la acción de la justicia.
VI.- Realice la aprehensión sin poner al detenido a disposición del juez en el término señalado por el artículo 16 de la Constitución.

Para el 24 de marzo, cuando el retenido José Luis “N” ya había sido liberado indebida e ilícitamente por la Fiscal 23, mediante oficio el C-4 informó a la FGE que el día del atropellamiento de la anciana estaban funcionando correctamente las cámaras de vigilancia en ese crucero y que se disponía de las grabaciones correspondientes para la investigación en curso en caso de requerirlas.
Por presumible corrupción, negligencia o ineptitud la Fiscal, Verónica Zavaleta NO ordenó hacer acopio de las videograbaciones que profesionalmente el C-4 había puesto a su disposición para proseguir adecuadamente las averiguaciones del atropellamiento, obviamente que a la fecha ya no existen los respaldos vídeograbados perdiéndose así un importante y determinante dato de prueba que se desvaneció en perjuicio de las víctimas indirectas.
PAPI AL RESCATE
En día 29 de marzo 2019, siete después de la muerte de la anciana y con el presunto culpable liberado, apareció un abogado ostentándose como apoderado legal del SUX, solicitando se liberara también el autobús retenido por la FGE ya que estaba perdiendo dinero la empresa propietaria del mismo. La aseveración que causa indignación por descarada es que alegó que el SUX resultaba agraviado en este caso porque así se lo hizo saber la Fiscal.
Aunque lo inverosímil y patético ante la sociedad y clara burla a la Ley es que el abogado, sedicente apoderado legal del servicio urbano de Xalapa, ¡supuestamente es el padre del presunto homicida y secuestrador liberado por la Fiscal 23, José Luis “N”!

PERITAJES TORCIDOS, CORROMPIDOS Y DESHONESTOS
El 24 de mayo de 2019 el perito Hiram Blanco Mora emitió otro peritaje de tránsito terrestre y de manera dolosa explica que la fallecida debido a su edad senecta fue culpable de su muerte porque, además de la edad tenía restos de etanol, es decir que la anciana iba borracha a la hora de cruzar, según su dudosa profesional conclusión. Aquí también es evidente una manipulación de los hechos para deslindar al verdadero culpable José Luis “N”, inclusive llegando a ofender y lastimar grotescamente la integridad de la fallecida y sus deudos.
Y en el remoto supuesto que así hubiera sido, la preferencia de paso es para el peatón como lo establece el artículo 295 del Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial. No hay excusa para el homicida y secuestrador protegido por la FGE y su papá.

ARCHIVAN LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN EN LA FGE.
Con triquiñuelas leguleyas y chicanadas de abogados particulares corruptos, en la FGE estancaron la Carpeta de Investigación durante los años, el restante del 2019, el 2020, el 2021. A principios de 2022 el Despacho de Abogados “Omerta. Firma Jurídica Pericial” toma el caso y logra que un Juez de Control ordenara reactivar la indagatoria resolviéndose el 25 de mayo de 2022 a la vez que se obtuvo la Constancia de calidad de víctima para T. B. y hermanos y ordenó se Determinara la carpeta de investigación en un plazo de 40 días hábiles, plazo que venció en junio de 2022.

ENTRA EN ACCIÓN OTRA FISCAL, LA VIGÉSIMO SEGUNDA.
En diciembre de 2022, la Fiscal 22, Silvia Adriana Carballo Castillo (sustituye a la anterior Fiscal 23) conoce del caso solicitando un tercer peritaje a la Dirección General de Servicios Periciales donde también mañosamente culpan a la anciana de su propia muerte; este tercer peritaje está plagado de inconsistencias, lagunas, contradicciones e irregularidades. Este absurdo peritaje actualmente está impugnado y se desahogará en audiencia oral en marzo de 2023.

CASTIGO A LA INEFICIENCIA Y CORRUPCIÓN.
En resumen se debe entender que las Fiscales 23, Verónica Zavaleta García; y la Fiscal 22, Silvia Adriana Carballo, perdieron datos de prueba, incumplieron su obligación de poner a disposición de autoridad competente al investigado José Luis “N” no obstante estar enteradas de existir orden de aprehensión vigente, lo que amerita se le dé vista a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción por los probables delitos en contra de la Procuración y Administración de Justicia, constituyéndose como Caso Grave.
En cuanto a los peritos adscritos en la Dirección General de Servicios Periciales, Hiram Blanco Moral y Alexei Obed Díaz Rangel, se duda de su profesionalismo, ética e imparcialidad pues sus conclusiones no contienen bases objetivas cuando que el atropellamiento fue causado por el autobús del SUX y no por la anciana fallecida a quien tratan de culpar de manera irregular, absurda, abusiva, corrupta e insustancial. Caso no grave.
IMPARTICIÓN DE JUSTICIA, NO MÁS. Y CASTIGO A LA CORRUPCIÓN.
El titular del Área de investigación en materia de responsabilidad administrativa del órgano interno de control de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, tiene la obligación ante su ética personal y su profesionalismo de darle satisfacción a los deudos de la anciana fallecida, por medio del esclarecimiento, se radique la investigación administrativa y en el momento procesal oportuno turnar el Informe de Presunta Responsabilidad administrativa a la Unidad Substanciadora competente, además castigo por probable conducta impropia e ilícita de servidores públicos encargados de impartición de justicia para los veracruzanos.

Pulpo y FGE dos.
PULPO CAMIONERO DEL SERVICIO URBANO DE XALAPA Y FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE VERACRUZ COLUDIDOS E INMERSOS EN CORRUPCIÓN

Xalapa, Ver. Miérc. 8 Feb.2023. T.T.- La Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE) y el “Pulpo camionero” del Servicio Urbano de Xalapa (SUX), estarían coludidos en corrupción oficial para proteger y exculpar penalmente a presunto homicida por atropellamiento de una anciana; aunado a que el chófer también es presunto secuestrador con orden de aprehensión vigente sin ejecutar.
Las autoridades hacen lo posible para que el asunto no se judicialice y no se vincule a proceso a José Luis “N” quien al ser protegido por las autoridades de la FGE se impide que las “víctimas indirectas” del homicidio por atropellamiento de una anciana de 81 años tengan acceso y se vean privados del Derecho de “Reparación del Daño” que es el bien jurídico lesionado, violentando flagrantemente una justicia pronta y completa ante una simulada investigación contenida en la Carpeta de Investigación con numeral UIPJ/DXI/FIS23/1488/2019.

T. B. es víctima indirecta del homicidio por atropellamiento de su madre, una mujer de 81 años quien falleció en la clínica 11 del IMSS a consecuencia de dicho percance originado por el autobús del SUX conducido por José Luis “N” quien en primeras declaraciones ministeriales admitió haber atropellado a la anciana cuando ésta cruzaba por paso peatonal marcado oficialmente.

Existen declaraciones de dos testigos presenciales mismas que han sido ignoradas y posteriormente manipuladas flagrantemente, que mencionan que la fallecida salió de la tienda “Fasti” situada en la calle Salvador Díaz Mirón esquina con la calle Rébsamen –contraesquina del parque Miguel Hidalgo “Los Berros- y atravesó por el cruce peatonal marcado hacia la esquina de Salvador Díaz Mirón con Hidalgo donde se localiza un negocio de café conocido como “Express 58”, la fallecida caminó responsablemente por la zona peatonal cuando el SUX estaba detenido por semáforo en luz roja de alto total.

Al ir a la mitad de la calle, mediando una distancia entre la peatón y el autobús de unos cinco metros de distancia, como quedó corroborado y aceptado originalmente por peritos, existió visibilidad absoluta de parte del chófer cuando se dio el atropellamiento. Se estipula por peritaje también que la NO visión completa de parte del chófer era de dos metros y medio; por lo tanto al haberse comprobado que eran cinco metros los que tenía de visión se asegura que tuvo la oportunidad de frenar para evitar atropellar a la mencionada persona de la tercera edad.
La causa por la cual el chófer no evitó el atropellamiento corresponde investigarla a la FGE.
Del atropellamiento tomó conocimiento en primer momento el perito de tránsito, Silverio Muñoz Mendoza quien fue el encargado de poner a disposición de la FGE al chófer José Luis “N” bajo el parte de Tránsito número 0100/2019 del 22 de marzo de 2019.

FISCALÍA EN ACCIÓN.
La licenciada Verónica Zavaleta García, Fiscal 23 de la Unidad Integral de Procuración de Justicia del XI Distrito Judicial Xalapa fue la responsable de abrir la Carpeta de Investigación correspondiente al homicidio por atropellamiento el 22 de marzo de 2019, quien ante la evidencia presentada ordenó el Acuerdo de Retención por 48 horas, -como lo estipula la Ley- del presunto responsable de homicidio José Luis “N”, plazo que vencería el 24 de marzo de 2019.
FISCAL IGNORÓ ORDEN DE APREHENSIÓN POR SECUESTRO CONTRA CHÓFER RETENIDO, VIGENTE Y SIN EJECUTAR
El 23 de marzo -siguiente día del atropellamiento- permaneciendo el presunto retenido a disposición de la FGE, la Unidad de Información dio a conocer a la Fiscal 23 que la persona retenida en separos, José Luis “N” contaba con orden de aprehensión por el delito de secuestro, orden vigente y sin ejecutar.
Ante esta información la Fiscal 23 debió alertar sobre el caso a quien correspondiera para lo conducente, es decir que se le acumulara este otro delito al chófer homicida. Sin embargo a la fecha no existe constancia de que se haya ejecutado la aprehensión, las causas desconocidas aunque presumiblemente por corrupción de servidores públicos de la FGE. La Comisión Estatal de Derechos Humanos levantó acta circunstanciada sobre esta aberrante anomalía de la FGE a final del año 2022.
La Policía Ministerial de la FGE el mismo día 23 de marzo de 2019 también informó a la Fiscal, Verónica Zavaleta García de la existencia y vigente orden de aprehensión por el delito de secuestro contra José Luis “N”. La Fiscal podría haber actualizado el delito de secuestro en otra indagatoria.
En este punto cabe mencionar que al abogado particular de la víctima indirecta T.B., omitió informar a su clienta de tales anomalías oficiales, lo que ha perjudicado a la fecha a los deudos de la anciana fallecida.
FISCAL LIBERA AL HOMICIDA Y SECUESTRADOR
El 23 de marzo –día siguiente del homicidio- en una acción de ineptitud, antiética y con signos de evidente corrupción la Fiscal, Verónica Zavaleta García, a las 22.00 horas solicitó al Director de la Policía Ministerial la liberación de José Luis “N”. Homicida y secuestrador liberado por la Fiscal.
El artículo 348 Quarter del Código Penal establece que comete el delito contra la procuración de justicia el servidor público que indebidamente:
V.-Desvíe u obstaculice la investigación del hecho delictuoso de que se trate o favorezca que el imputado se sustraiga a la acción de la justicia.
VI.- Realice la aprehensión sin poner al detenido a disposición del juez en el término señalado por el artículo 16 de la Constitución.

Para el 24 de marzo, cuando el retenido José Luis “N” ya había sido liberado indebida e ilícitamente por la Fiscal 23, mediante oficio el C-4 informó a la FGE que el día del atropellamiento de la anciana estaban funcionando correctamente las cámaras de vigilancia en ese crucero y que se disponía de las grabaciones correspondientes para la investigación en curso en caso de requerirlas.
Por presumible corrupción, negligencia o ineptitud la Fiscal, Verónica Zavaleta NO ordenó hacer acopio de las videograbaciones que profesionalmente el C-4 había puesto a su disposición para proseguir adecuadamente las averiguaciones del atropellamiento, obviamente que a la fecha ya no existen los respaldos vídeograbados perdiéndose así un importante y determinante dato de prueba que se desvaneció en perjuicio de las víctimas indirectas.
PAPI AL RESCATE
En día 29 de marzo 2019, siete después de la muerte de la anciana y con el presunto culpable liberado, apareció un abogado ostentándose como apoderado legal del SUX, solicitando se liberara también el autobús retenido por la FGE ya que estaba perdiendo dinero la empresa propietaria del mismo. La aseveración que causa indignación por descarada es que alegó que el SUX resultaba agraviado en este caso porque así se lo hizo saber la Fiscal.
Aunque lo inverosímil y patético ante la sociedad y clara burla a la Ley es que el abogado, sedicente apoderado legal del servicio urbano de Xalapa, ¡supuestamente es el padre del presunto homicida y secuestrador liberado por la Fiscal 23, José Luis “N”!

PERITAJES TORCIDOS, CORROMPIDOS Y DESHONESTOS
El 24 de mayo de 2019 el perito Hiram Blanco Mora emitió otro peritaje de tránsito terrestre y de manera dolosa explica que la fallecida debido a su edad senecta fue culpable de su muerte porque, además de la edad tenía restos de etanol, es decir que la anciana iba borracha a la hora de cruzar, según su dudosa profesional conclusión. Aquí también es evidente una manipulación de los hechos para deslindar al verdadero culpable José Luis “N”, inclusive llegando a ofender y lastimar grotescamente la integridad de la fallecida y sus deudos.
Y en el remoto supuesto que así hubiera sido, la preferencia de paso es para el peatón como lo establece el artículo 295 del Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial. No hay excusa para el homicida y secuestrador protegido por la FGE y su papá.

ARCHIVAN LA CARPETA DE INVESTIGACIÓN EN LA FGE.
Con triquiñuelas leguleyas y chicanadas de abogados particulares corruptos, en la FGE estancaron la Carpeta de Investigación durante los años, el restante del 2019, el 2020, el 2021. A principios de 2022 el Despacho de Abogados “Omerta. Firma Jurídica Pericial” toma el caso y logra que un Juez de Control ordenara reactivar la indagatoria resolviéndose el 25 de mayo de 2022 a la vez que se obtuvo la Constancia de calidad de víctima para T. B. y hermanos y ordenó se Determinara la carpeta de investigación en un plazo de 40 días hábiles, plazo que venció en junio de 2022.

ENTRA EN ACCIÓN OTRA FISCAL, LA VIGÉSIMO SEGUNDA.
En diciembre de 2022, la Fiscal 22, Silvia Adriana Carballo Castillo (sustituye a la anterior Fiscal 23) conoce del caso solicitando un tercer peritaje a la Dirección General de Servicios Periciales donde también mañosamente culpan a la anciana de su propia muerte; este tercer peritaje está plagado de inconsistencias, lagunas, contradicciones e irregularidades. Este absurdo peritaje actualmente está impugnado y se desahogará en audiencia oral en marzo de 2023.

CASTIGO A LA INEFICIENCIA Y CORRUPCIÓN.
En resumen se debe entender que las Fiscales 23, Verónica Zavaleta García; y la Fiscal 22, Silvia Adriana Carballo, perdieron datos de prueba, incumplieron su obligación de poner a disposición de autoridad competente al investigado José Luis “N” no obstante estar enteradas de existir orden de aprehensión vigente, lo que amerita se le dé vista a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción por los probables delitos en contra de la Procuración y Administración de Justicia, constituyéndose como Caso Grave.
En cuanto a los peritos adscritos en la Dirección General de Servicios Periciales, Hiram Blanco Moral y Alexei Obed Díaz Rangel, se duda de su profesionalismo, ética e imparcialidad pues sus conclusiones no contienen bases objetivas cuando que el atropellamiento fue causado por el autobús del SUX y no por la anciana fallecida a quien tratan de culpar de manera irregular, absurda, abusiva, corrupta e insustancial. Caso no grave.
IMPARTICIÓN DE JUSTICIA, NO MÁS. Y CASTIGO A LA CORRUPCIÓN.
El titular del Área de investigación en materia de responsabilidad administrativa del órgano interno de control de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, tiene la obligación ante su ética personal y su profesionalismo de darle satisfacción a los deudos de la anciana fallecida, por medio del esclarecimiento, se radique la investigación administrativa y en el momento procesal oportuno turnar el Informe de Presunta Responsabilidad administrativa a la Unidad Substanciadora competente, además castigo por probable conducta impropia e ilícita de servidores públicos encargados de impartición de justicia para los veracruzanos.

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