XALAPA, VER.- Un Tribunal Colegiado resolvió los recursos de revisión interpuestos por el fiscal décimo segundo, adscrito a la Fiscalía en Investigaciones Ministeriales y por el Director Jurídico de la Secretaría de Gobierno, confirmando el amparo otorgado en favor de Rogelio Franco Castán, mediante el cual, el juzgado primero de distrito resolvió que no existen datos de prueba que acreditaran de forma indiciaria que se hubiesen cometido los delitos de peculado equiparado y ejercicio indebido del servicio público.
En razón de dicha resolución, el día de mañana 13 de septiembre, el juez de control deberá dar cumplimiento a la sentencia amparadora, por lo que celebrará nueva audiencia en la que:
1) Dejará insubsistente la resolución del veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, en la cual decretó auto de vinculación a proceso, por los delitos de peculado equiparado y ejercicio indebido del servicio público; y,
2) Sin necesidad de escuchar a las partes de nuevo y con base en lo expuesto en la citada sentencia, determine que no se encuentran acreditados los elementos de los delitos de peculado equiparado y ejercicio indebido del servicio público, previstos y sancionados en los artículos 324, fracción I, y 315, fracción IV, del Código Penal para el Estado de Veracruz, por los hechos denunciados por el Director General Jurídico de la Secretaría de Gobierno del Estado de Veracruz y, en consecuencia, dicte auto de no vinculación a proceso por falta de elementos para procesar a favor de Rogelio Franco Castán.
Como se recordará, sería la segunda ocasión en que se dicta auto de no vinculación a proceso en favor de Rogelio Franco Castán dentro del proceso penal 312/2021.