Xalapa, Ver.- Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura aprobaron el Dictamen de la nueva Ley para el Fomento, Desarrollo y Protección de la Actividad Piloncillera, considerándola como una actividad agrícola, artesanal y tradicional en el Estado de Veracruz, que tiene por objeto fomentar el desarrollo de esta, estableciendo que para protegerla elaboración del piloncillo deberá ser hecho, únicamente, con jugo de caña de azúcar, con calidad para el consumo humano y mediante la utilización de trapiches.
De acuerdo a la nueva Ley, la Secretaría de Desarrollo Agropecuario Rural y Pesca (SEDARPA) y al presupuesto anual que le corresponda a esta, enviará los recursos que se destinen para el sector piloncillero. De los recursos públicos enviados por el Ejecutivo Federal deberá destinar una partida especial para este sector.
Además, deberá planear, promover y coordinar la realización de programas tendientes a fomentar y mejorar la producción del piloncillo.
También promoverá campañas para prevenir y combatir las plagas en los trapiches piloncilleros, así como para prevenir y combatir las plagas y enfermedades que presente la caña de azúcar.
Se crea el Padrón Estatal de Productores Piloncilleros, a fin de que se establezca un registro de todos los productores de piloncillo activos en el Estado. Dicho padrón será un instrumento auxiliar de la SEDARPA para el cumplimiento de esta Ley.
La SEDARPA tendrá atribuciones para fomentar y proteger la actividad piloncillera; coadyuvar en el diseño, planeación y programación de políticas públicas destinadas a este sector; resolver sobre las solicitudes de apoyo que suscriban los productores para ser beneficiarios de los programas de apoyo a la actividad piloncilla, así como promover y dar seguimiento a los programas destinados a este ramo.
Se establece que en la elaboración del piloncillo se prohíbe utilizar azúcar, mieles de línea de productos que se encuentren en los establecimientos comerciales, barredura de azúcar o azúcar siniestrada de ingenios azucareros, dulces o caramelos derretidos y cualquier endulzante que no sea jugo de caña de azúcar extraído de los trapiches.
De igual forma, colorantes o cualquier otro tipo de sustancia que altere el valor nutricional o ponga en peligro la salud humana.
En el Reglamento de esta ley se establecerá el procedimiento para que la SEDARPA en coordinación con órganos auxiliares, lleven a cabo visitas de inspección y vigilancia en los trapiches piloncilleros, con la finalidad de verificar y certificar que en el proceso se utilice únicamente jugo de caña de azúcar y que no existan indicios de que ocupan otros endulzantes para la elaboración del piloncillo.
Este Dictamen registró 36 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.
Esta ley es resultado de la iniciativa que presentó, el 2 de Mayo de 2017, el diputado Rogelio Arturo Rodríguez García.
En los posicionamientos y tras dar la bienvenida a productores de piloncillo que acudieron al salón del Pleno, del Congreso, el diputado Rogelio Arturo Rodríguez manifestó que en atención a las demandas de los ciudadanos se refleja esta reforma para combatir la lucha desigual que sufren los productores de piloncillo y ayudará a una eficiencia hacia esta actividad.
La presidenta de la Comisión Permanente de Desarrollo Artesanal, diputada María Adela Escamilla Moreno destacó la importancia de la actividad piloncillera en Veracruz y se pronunció a favor de esta Ley, ya que permitirá reactivar la economía en las diversas regiones en las que se dedican a esta actividad.
Xalapa, Ver.- El Pleno de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobó el Dictamen que reforma el artículo 15 de la Ley de Obras Públicas y Obras Relacionadas con Ellas en el que se establece que en la planeación de cada obra pública deberán preverse instalaciones para que las personas con capacidades diferentes y adultos mayores puedan acceder y transitar en los inmuebles de un modo seguro.
De esta manera, la reforma aprobada señala que en la planeación de cada obra pública deberá preverse instalaciones para que las personas con capacidades diferentes y adultos mayores puedan acceder y transitar en los inmuebles quesean construidos, las que, según la naturaleza de la obra, podrán consistir en rampas, puertas, elevadores, baños, pasamanos, asideras, estacionamiento vehicular y otras instalaciones semejantes que les permita realizar sus trámites o servicios de un modo seguro y autónomo.
El Dictamen refiere que el Estado debe llevar a cabo en la construcción de los inmuebles públicos estatales o municipales planteamientos con una “visión de Instituciones públicas cien por ciento accesibles para todos los ciudadanos”, con espacios adecuados para que las personas con capacidades diferentes y los adultos mayores puedan ingresar y desplazarse dentro y fuera de manera autónoma, libre y con seguridad.
Esta reforma es resultado de la iniciativa que presentó, el 31 de enero de 2017, el diputado Rogelio Arturo Rodríguez García.
Este decretó fue aprobado con 33 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.
-Menores migrantes, sujetos de asistencia social-
Las diputadas y diputados aprobaron el Dictamen que reforma el artículo 4 de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social del Estado que contempla a los menores migrantes como sujetos a la recepción de los servicios de asistencia social, en tanto se resuelve su situación legal en la entidad.
Las comisiones dictaminadoras coinciden con la autora en la necesidad de brindar a los niños migrantes un apoyo que vaya más allá de una orientación o una entrega a las autoridades migratorias.
Este Decreto registró 35 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra.
Esta reforma es resultado de la iniciativa que presentó, el 14 de mayo de este año, la diputada independiente Eva Felícitas Cadena Sandoval.
Xalapa, Ver.- Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura del Estado aprobaron el Dictamen por el cual se autoriza al titular del Poder Ejecutivo otorgar, en comodato, por un periodo de 20 años, el predio denominado “El Faunito”, ubicado en el municipio de Fortín y con una superficie de 58 mil 76 metros cuadrados, a favor del Instituto de Ecología A.C (INECOL).
De acuerdo al Dictamen, este predio deberá destinarse a fines de investigación en ecología básica y en agroecología enfocada a la cafeticultura; centro de capacitación para la conservación, gestión ambiental, sustentabilidad y educación ambiental; desarrollo de reuniones y eventos académicos de relevancia nacional e internacional.
De igual forma, la creación de espacios públicos, como es un jardín botánico, en el que se puedan preservar y exhibir las especies endémicas representativas del bosque mesófilo de montaña, de la selva alta y mediana subperennifolia, características de la Barranca de Metlac, tales como, plantas epifitas (orquídeas, bromelias, vainilla, etcétera).
También, que al mismo tiempo, represente una alternativa de contemplación y apreciación de la naturaleza y de sano esparcimiento para la población en general de esta región del Estado; establecer una plantación demostrativa de cafetal de sombra; así como instalar un auditorio y salas de exhibición donde se presentarán eventos académicos y culturales.
En la sesión, las y los diputados aprobaron el Acuerdo por el que se autoriza el Gobierno estatal enajenar, a título gratuito, 27 terrenos ubicados en el municipio de Alvarado en favor del Gobierno Federal con destino a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), como un acto derivado del proyecto para la construcción de la Vía General de Comunicación denominada “Libramiento Antón Lizardo”.
Por otra parte, el Pleno autorizó, también, al Ejecutivo estatal, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación (SEFIPLAN), enajenar mediante el proceso de subasta restringida, un bien mueble propiedad del Gobierno del Estado de Veracruz, asignado al Instituto Veracruzano de la Vivienda, con las siguientes características: vehículo marca Ford, Tipo Explorer, Modelo 2006, Placas YDN7840, Numero de Serie1FMEU73866UA62861, color obscuro, cuyo valor mínimo de venta asciende a 35 mil pesos 759 pesos, de conformidad con el avalúo practicado.
Los recursos económicos que se obtengan serán destinados, preferentemente, a cubrir gastos contingentes no previstos y a proyectos de inversión adicionales a realizarse durante el transcurso del presente ejercicio fiscal, conforme lo establece el artículo 201 del Código Financiero para el Estado de Veracruz.
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