Xalapa, Ver.- Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz aprobaron el Dictamen que reforma el artículo 33, fracción XVI, inciso c), de la Constitución Política del Estado por el cual se establece la facultad del Pleno de este Poder para aprobar, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a los Ayuntamientos los montos máximos para la contratación de empréstitos y obligaciones en las mejores condiciones del mercado, previo análisis de su destino, capacidad de pago y en su caso, el otorgamiento de garantía o el establecimiento de la fuente de pago.

Esta reforma, aprobada con 44 votos a favor, es resultado de la iniciativa que presentó el pasado 28 de mayo el Grupo Legislativo del PRI, señala como facultad exclusiva del Pleno la autorización a los Ayuntamientos y no de la Diputación Permanente.

El Pleno aprobó la primera, de dos etapas, de la reforma al artículo 8 de la Constitución Política de Veracruz para señalar que el Estado coadyuvará, mediante programas temporales de empleo y medios alternativos, para proveer fuentes de trabajo digno y provisional, en el caso de que se deteriore el ejercicio del derecho a dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode al habitante veracruzano.

Lo anterior ya sea por causas originadas por fenómenos naturales o vedas en el sector pesquero que superen las condiciones para continuar con sus labores, en tanto se restablece la situación original.

Este decreto, resultado de la iniciativa que presentó el 11 de Junio de este año el diputado Vicente Benítez González, fue aprobado con 45 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

-Empleo en Veracruz, a partir de los 15 años-

Con el objetivo de armonizar la legislación local con la federal, resulta necesario elevar la edad mínima para poder emplear a menores de edad de 14 a 15 años, tal como lo estipula el artículo 22 Bis de la Ley Federal del Trabajo, el Pleno del Congreso aprobó el Dictamen por el cual se establece que trabajador de reciente ingreso es la persona que preste sus servicios a un patrón y que reúna una o más de las siguientes características.

Tener entre 15 y 29 años de edad, sin previamente haber causado alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, con educación obligatoria terminada, salvo los casos de excepción que apruebe la autoridad correspondiente, de acuerdo a lo señalado en el artículo 22 y 22 bis de la Ley Federal del Trabajo.

Este Decreto fue aprobado con 45 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

Xalapa, ver.- Las diputadas y diputados del Congreso de Veracruz aprobaron el Dictamen que reforma la Ley de Turismo para establecer que corresponde a la Secretaría del ramo promover, en hoteles y restaurantes, la donación de alimentos en buen estado no utilizados, con la finalidad de que se destinen a la población en situación de carencia alimentaria.

Este decreto, resultado de la iniciativa que presentó, el 4 de junio de este año, la diputada del PRI, Luisa Ángela Soto Maldonado, fue aprobada con 41 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones.

-Adecúan Código Hacendario Municipal en relación a las UMA-

El Congreso aprobó, con 42 votos a favor, el Dictamen por el cual se armoniza el Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz, estableciendo a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), como unidad de cuenta, eliminando del texto legal vigente, aquellas referidas al salario mínimo.

Para los efectos de este Código, se entenderá por Unidad de Medida y Actualización a la unidad de cuenta, para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en el presente ordenamiento.

Este Decreto es resultado de la iniciativa que presentó, el 11 de junio de este año, el diputado del PAN, Arturo Esquitín Ortiz.

-Promoverá SECTUR profesionalización de prestadores de servicios-

En la sesión, las y los diputados aprobaron el Dictamen que reforma el artículo 81, fracción II, de la Ley de Turismo del Estado para señalar que corresponde a la Secretaría de Turismo y Cultura del Estado (SECTUR) promover la profesionalización de quienes laboran en empresas turísticas o prestan servicios en la actividad, orientados a las características de las líneas de producto y la demanda, la certificación en competencias laborales y fortalecimiento de la especialización del capital humano.

Este decreto es resultado de la iniciativa que presentó, el 11 de junio de este año, la diputada del PRI, Luisa Ángela Soto Maldonado.

Por otra parte, se reformó el artículo 159 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial con el que se prevé un marco regulatorio que contemple tarifas que no perjudiquen a los usuarios de servicios auxiliares de seguridad vial con cobros excesivos.

De esta manera, se establece que cuando un vehículo sea retirado de la vía pública, el conductor o propietario estará obligado a cubrir el costo de la maniobra y arrastre realizado por la grúa oficial, autorizada, permisionada o concesionada, así como el monto de la pensión que se genere en el depósito vehicular por el resguardo del vehículo, de conformidad con las tarifas autorizadas por la Secretaría, que no deben exceder de las establecidas por el Código de Derechos vigente en el Estado por la prestación oficial de estos servicios.

Este Decreto, es resultado de la iniciativa que presentó, el 2 de mayo de este año, el diputado del PAN, Rodrigo García Escalante.

-Aprueban la creación de institutos municipales de planeación-

En la sesión, fueron aprobadas las modificaciones a la Ley de Planeación del Estado que permite a los ayuntamientos crear libremente los institutos municipales de planeación como entes gestores y articuladores de los planes municipales de desarrollo y que estos deberán aplicarse y ser evaluados permanentemente, y actualizarse al menos una vez al año.

Este Decreto, es resultado de la iniciativa que presentó el 12 de Junio de este año la diputada Cinthya Lobato Calderón.

-Precisan en la ley el término “conflictos de límites territoriales”-

De igual forma, el Pleno aprobó la reforma a la Ley para precisar el término “conflictos de límites territoriales” como aquel que se presenta entre dos o más municipios del Estado, por la indefinición, confusión, error, o la indebida apropiación de un determinado espacio territorial.

Esta reforma, es resultado de la iniciativa que presentó, el 19 de julio pasado, el diputado de MORENA, Rogelio Arturo Rodríguez García.

-Empleos municipales, para personas originarias del lugar-

Las y los legisladores aprobaron la reforma al artículo 68 de la Ley Orgánica del Municipio Libre con el que objetivo de precisar que las titularidades de los cargos enunciadosen el citado artículo sean otorgados, preferentemente, apersonas originarias del municipio respectivo.

Esta reforma, es resultado de la iniciativa que presentó, el 9 de febrero pasado, el diputado del PRI, Carlos Antonio Morales Guevara.

Xalapa, Ver.- Las diputadas y diputados del Congreso de Veracruz aprobaron con 43 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra el Dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para Veracruz a fin de implementar un marco jurídico que regule las Zonas Metropolitanas que existen y potenciar el avance que la entidad requiere.

Este Decreto es resultado de la iniciativa que presentó, el 16 de noviembre del 2017, el diputado Juan Manuel del Castillo González, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI).

La reforma contempla la creación de una Comisión o Consejo de Zona Metropolitana, conformada por los presidentes municipales de los Ayuntamientos vinculados y un representante del Ejecutivo del Estado y tendrá atribuciones para ejecución de estudios, planes, evaluaciones, programas, proyectos, acciones y obras de infraestructura y equipamiento.

-Regula diputados (as) el “Haber de Retiro”-

Las y los legisladores aprobaron con 44 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra, el decreto que reforma la fracción XXII del artículo 17, la fracción I del artículo 59 y la fracción XXXVIII del artículo 103 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado para establecer que el “Haber de Retiro” será otorgado únicamente durante un periodo idéntico al que fungió como Magistrado o juez, dependiendo el caso y así, se limita el tiempo de la prestación de acuerdo al trabajo realizado.

El Decreto considera esencial del haber de retiro de magistrados y jueces no es su manutención perpetua, sino otorgarles la protección y seguridad social para su retiro, por los años que se mantuvieron como titulares del órgano jurisdiccional, refiere la exposición de motivos.

La reforma fue resultado de la iniciativa presentada el 12 de marzo del año en curso por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN).

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