Xalapa, Ver. a 27 de junio de 2018.- Por tratarse de notas periodísticas, amparadas en la libertad de expresión e información, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinó que el titular del Poder Ejecutivo de Veracruz no incurrió en difusión de propaganda gubernamental en tiempo prohibido.
Tras analizar los presuntos agravios y pruebas que MORENA presentó dentro del Procedimiento Especial Sancionador que promovió en contra del Gobernador del Estado, por la entrega/inauguración del tramo Nautla-Gutiérrez Zamora de la autopista Cardel-Poza Rica, el TEV declaró la inexistencia de las presuntas violaciones.
En la resolución del Expediente TEV- PES 52/2018, se asentó que contrario a lo expresado por MORENA, no existe prohibición para que durante el periodo de campañas cese la entrega de bienes, servicios o beneficios de programas sociales u obra pública a los gobernados, pues la función del Estado no se puede paralizar y la entrega se realizó dentro de un evento protocolario.
En el análisis, se acreditó que la Coordinación General de Giras Presidenciales de la Presidencia de la República se encargó de la organización del evento, pues se trató de una obra que el Gobierno de la República entregó al Gobierno del Estado de Veracruz.
En la sesión pública, los magistrados argumentaron que la apertura del tramo carretero es una actividad que, por su importancia no puede ser suspendida, pues se trata de infraestructura que comunica a centros poblaciones, y el acto de gobierno no tuvo la finalidad de impactar en el proceso electoral que se desarrolla.
Además, el partido político que denunció, no acreditó que el denunciado ordenara e instruyera su difusión, toda vez que las notas periodísticas aportadas se encuentran amparadas en la libertad de expresión e información de los medios de comunicación.
Inexistentes actos anticipados de campaña por la difusión de spots en radio de un candidato a Gobernador.
En el Procedimiento Especial Sancionador 51 de este año, interpuesto por el PAN, en el que denuncia, actos anticipados de campaña, por la presunta difusión de spots de radio pautados por MORENA y por el Partido del Trabajo, 2 días antes del inicio de la campaña electoral de la Gubernatura, que presuntamente vulneraron la equidad en la contienda en favor de Cuitláhuac García Jiménez, candidato a Gobernador por la Coalición “Juntos
Haremos Historia” y de los partidos que la integran: MORENA, del Trabajo y Encuentro Social, transmitidos en la radio difusora XEOZ, Sociedad Anónima de Capital Variable, conocida como “AMOR” F.M.
TEV declaró la inexistencia de las violaciones objeto de la denuncia, porque si bien se encuentra acreditada la difusión de un spot pautado por el Partido del Trabajo, el cual generó 5 impactos, en la fecha señalada, de las constancias que obran en el expediente, específicamente de las manifestaciones realizadas por la radiodifusora XEOZ, S.A. DE C.V.
El TEV advierte que tal acto se originó a partir de un error humano y no así de una contratación o por orden de personas distintas al INE, o con la finalidad de favorecer a un candidato, partido o fuerza política, además de no existir evidencia de intencionalidad de favorecer al referido candidato, ni a los partidos políticos señalados.
Similar criterio adoptó la Sala Regional Especializada al resolver el expediente SRE-PSC105/2018, en la que se analizó el hecho denunciado, por la posible infracción de normas relativas a contratación y/o adquisición en tiempos de radio para la difusión de propaganda electoral ordenada por personas distintas al INE.
TEV confirma el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del OPLEV, en el que se declara la improcedencia de las medidas cautelares
En el recurso de apelación 34/2018, interpuesto por la Universidad Veracruzana, por conducto de su Abogado General, en contra del acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del OPLEV, que declaró improcedente la solicitud de medidas cautelares.
Al respecto, el actor aducía que el acuerdo emitido por la autoridad responsable carecía de congruencia y exhaustividad, además de una falta de valoración del material probatorio aportado en su escrito de queja primigenio.
Se determinó confirmar el acuerdo impugnado, toda vez que, este Tribunal Electoral advirtió que la autoridad instructora fue exhaustiva al momento de analizar la solicitud de medidas cautelares.
Ello es así, pues de autos consta la certificación realizada por la Unidad Técnica de Oficialía Electoral, de la cual, se advierte que la liga de internet señalada por el actor, no existe, pues al intentar desahogar su contenido solo aparecía la frase “es posible que el enlace que seguiste haya caducado o que la página solo sea visible para un público al que no perteneces”.
De ahí, que el video en la liga de internet que señaló el actor no tenía los indicios suficientes para determinar la existencia y así poder emitir una medida cautelar, por lo que agravio resultó infundado.
Ahora bien, por cuanto hace a la falta de valoración del material probatorio, consistente en un video tomado de las redes sociales, haciendo promoción del voto y utilizando en su favor las instalaciones públicas de la Universidad Veracruzana, el agravio resultó inoperante.
Finalmente, la autoridad competente realizó una valoración probatoria basada en el principio de la apariencia del buen derecho, esto es, con el material probatorio con el que cuenta al momento de resolver sobre la medida cautelar solicitada. Por tanto, lo procedente fue confirmar el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del OPLEV.
Ciudad de México, a 26 de junio de 2018.- El Gobierno de la República informa que en el marco de la colaboración institucional, personal de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Agencia de Investigación Criminal, dependiente de la Procuraduría General de la República, logró la ubicación y posterior detención en el estado de Michoacán, de Eduardo “N” quien se encuentra en la lista de los diez más buscados por el Buró Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés).
A través de una orden de cateo autorizada por la autoridad judicial correspondiente, personal de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Agencia de Investigación Criminal en un domicilio ubicado en el municipio de Uruapan, Michoacán, localizaron a Eduardo “N”, quien es requerido por la justicia de los Estados Unidos de América y cuenta con una orden de detención provisional con fines de extradición internacional, para ser procesado por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de Delincuencia Organizada y Posesión Ilegal de Armas de Fuego.
Cabe destacar que el FBI ofrecía una recompensa de hasta 100 mil dólares estadounidenses por información que condujera a la detención de esta persona, toda vez que se le responsabiliza por la probable planeación y homicidio de tres ciudadanos estadounidenses en el año 2010.
Durante la captura de Eduardo “N”, también fueron detenidas tres personas más, probables colaboradores del primero.
En la diligencia ministerial se aseguraron armas largas, cortas, cargadores, cartuchos útiles, vehículos, así como una sustancia cristalina con las características propias de la metanfetamina.
Eduardo “N” fue puesto a disposición de la Autoridad Judicial que lo requiere, mientras que las otras tres personas detenidas fueron presentadas al Ministerio Público de la Federación con la finalidad de determinar su situación jurídica.
La detención de estas personas fue realizada en estricto apego al debido proceso, en todo momento les fueron respetados sus derechos, además de que no existió afectación a terceros y no fue necesario realizar disparo alguno.
Xalapa, Ver.- El diputado Ernesto Cuevas Hernández presentó, ante el Congreso del Estado, la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley número 247 de Educación del Estado de Veracruz para señalar que las autoridades educativas estatales y municipales otorgarán becas a estudiantes de todos los niveles educativos y así incentivar el apoyo a quienes registran un alto rendimiento académico y para que concluyan su formación.
La propuesta legislativa, del diputado Cuevas Hernández, pretende establecer en la ley que las autoridades educativas, estatales y municipales, otorgarán becas a los estudiantes que cursen primaria, secundaria, bachillerato, licenciatura, maestría y doctorado que acrediten tener un promedio de 9.3 en el ciclo escolar, semestre o equivalente, inmediato anterior, que será entregado directamente a través de los planteles educativos oficiales que cuenten con la Autorización o el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.
El titular de la institución de que se trate, sería el responsable directo de entregar las becas a los estudiantes o tutor en su caso, que hayan sido beneficiados, informando a la autoridad educativa respectiva.
De acuerdo a la iniciativa, las autoridades educativas únicamente validarán la información presentada por los aspirantes al beneficio económico, y una vez seleccionados y autorizados, el Ejecutivo Estatal entregará de forma directa las becas, a los titulares de dichas instituciones públicas para los efectos correspondientes.
En la tribuna, el diputado Cuevas Hernández subrayó que la sociedad requiere que sea determinado de forma inmediata, clara y concisa el acceso a los apoyos de becas de promedio de alto rendimiento académico. Los cuales hasta el momento –añadió- se han convertido en trámites engorrosos y demasiado tardados, que en muchos de los casos han sido utilizados con fines de presión social y electoral, ya que han servido para coaccionar el voto hacia un partido político determinado.
El legislador manifestó que en Veracruz hay un abandono escolar de nivel primaria de 1.54 por ciento; de 5.59 por ciento en secundaria y de 10.79 en bachillerato, de acuerdo a datos del Prontuario Estadístico de la SEV, correspondiente al inicio de cursos 2017–2018.
Los motivos de lo anterior son la falta de recursos económicos en casa, por lo que se ven en la imperiosa necesidad de dejar los estudios para ponerse a trabajar, detalló.
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