Plantea diputada Angélica Pineda reglamentar la figura de “omisión legislativa”
Published in EstatalXalapa, Ver.- La diputada Angélica Pineda Pérez, presentó ante el Pleno de la LXIV Legislatura una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma diversos incisos y una fracción del Artículo 65 de la Constitución Política del Estado para establecer que corresponderá al Pleno del Tribunal Superior de Justicia conocer de las acciones por “omisión legislativa” cuando la interpongan el Gobernador del Estado, cualquier Ayuntamiento de la entidad o todo ciudadano veracruzano, sin necesidad de acreditar interés jurídico alguno.
La propuesta de la diputada destaca que cualquier Ayuntamiento podría interponer la acción por omisión legislativa y no como actualmente está, que señala como requisito al menos la tercera parte del total de ayuntamientos de la entidad. De igual forma pretende incorporar el derecho de cualquier ciudadano a presentar esta acción y que sea el Poder Judicial quien lo resuelva.
En la tribuna, la legisladora subrayó que en tiempos recientes, el Congreso Federal y las legislaturas estatales han tenido deficiencias en cuanto hace a las actualizaciones o la armonización de los cuerpos legales, “atribuibles a diferentes causas, algunas pueden ser consideradas de manera, consiente, otras por indolencia o negligencia o simple y sencillamente por insuficiencia legislativa”.
Ante esto, se acuño el término de omisión legislativa, continuó Pineda Pérez, que no es más que:la falta de desarrollo por parte del Poder Legislativo, durante un tiempo excesivo, de aquéllas normas de obligatorio y concreto desarrollo, de forma que impide la eficaz aplicación y efectividad del texto constitucional, esto es, incumple con el desarrollo de determinadas cláusulas constitucionales, a fin de tornarlas operativas, y esto sucede cuando el silencio del legislador altera el contenido normativo, o provoca situaciones contrarias a la Constitución.
En la actualidad, la Constitución Federal no contempla esta figura legal, aunque es importante señalar que recientemente este elemento normativo fue reconocido a nivel local, con el afán de hacer efectiva su tutela y defensa constitucional.
Es de resaltar, dijo, que este instrumento legal fue instaurado por primera vez en la reforma integral a la Constitución Política del Estado de Veracruz, por lo que a la entidad se le reconoce como la pionera en la materia, pero sobre todo dio ejemplo en materia legislativa y constitucional, abriendo pasó al novedoso e importante, derecho procesal constitucional local.
A pesar de contar con este precepto en nuestra constitución, es necesario mencionar, señaló ante el Pleno, que no hay legislación reglamentaria de este mecanismo de control, pero no existe impedimento alguno para ejercitar la acción y resolverse mediante la aplicación directa del texto constitucional, sin embargo, no deja de hacerse necesaria.
Lo que aquí se propone, concluyó; tiene como finalidad disminuir el número mínimo de municipios necesarios para promover la acción y del mismo modo ampliar el espectro de los sujetos legitimados para interponerla.
La iniciativa fue turnada para su estudio y análisis a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.
Xalapa, Ver.- El diputado Luis Daniel Olmos Barradas presentó una iniciativa, con proyecto de decreto, que reforma diversas fracciones de la Ley Orgánica de Municipio Libre, con el objetivo de armonizar la Ley y dar la atribución a los Órganos Internos de Control (OIC), de los propios Ayuntamientos, para llevar el registro de la situación y evolución patrimonial de los servidores públicos municipales.
En tribuna, el legislador recordó que el eje rector de la creación del Sistema Nacional Anticorrupción fue como una instancia de coordinación entre las autoridades encargadas de la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como de la fiscalización y control de recursos públicos, en el cual participa la sociedad a través de un Comité de Participación Ciudadana.
En tal razón, se creó el Sistema Local Anticorrupción del Estado de Veracruz, que tiene las atribuciones de instaurar el procedimiento para determinar la evolución patrimonial, declaración de intereses y presentación de las declaraciones fiscales de todos los servidores públicos, a través de un balance de sus percepciones reales, gastos y adquisiciones con el fin de detectar posibles enriquecimientos ilícitos.
Con esta reforma, se busca eliminar la atribución del Congreso del Estado para llevar el registro de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos municipales; toda vez que ante la puesta en marcha del Sistema Anticorrupción, esta facultad descansa ahora en los Órganos Internos de Control Municipales y no en el Poder Legislativo.
Ayuntamientos remitirían al Congreso actualizaciones de sus Planes de Desarrollo
Published in EstatalXalapa, Ver.- La presidenta de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, diputada Cinthya Lobato Calderón, presentó una iniciativa de reforma al artículo 9 de la Ley de Planeación del Estado a fin de que los ayuntamientos tengan la obligación de remitir las actualizaciones de los Planes de Desarrollo a este Poder para conocimiento, opinión y observaciones.
En la novena sesión ordinaria, del segundo año de labores, la diputada destacó que el 26 de diciembre de 2017 entró en vigor, en la entidad, una reforma a la Ley de Planeación que permite a los 212 Ayuntamientos planear su desarrollo con un horizonte de hasta 20 años.
Dijo que los Planes Municipales de Desarrollo 2018-2021 debieron ser entregados a esta Soberanía en abril pasado y para tal efecto tendrían que estar delineados bajo los criterios establecidos y son estratégicos, lo que representa un desarrollo a largo plazo.
Por lo anterior, añadió, en la legislación debe quitarse lo obsoleto y a la vez señalar la obligación de los Ayuntamientos de remitir las actualizaciones que sufran los Planes de Desarrollo.
Expuso que hoy los ayuntamientos cuentan con la Comisión Edilicia de Planeación del Desarrollo, les permite tener su propio Instituto Municipal de Planeación y asociarse con otros municipios para tener Institutos metropolitanos o bien regionales para planear el desarrollo.
La diputada Cinthya Lobato manifestó que así como el desarrollo local se entiende como un proceso de transformación de la realidad social y económica de un territorio determinado, así el fortalecimiento institucional municipal adquiere gran importancia para lograr los cambios positivos.
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